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FAQ

¿Quién debe someter su sistema de prevención a la auditoría Reglamentaria?

Además de aquellas empresas que voluntariamente desean la realización de la auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales, deben realizarla las empresas cuya modalidad organizativa en materia de prevención sea:

  • Servicio de Prevención Propio.
  • Servicio de Prevención Mancomunado. En este caso cada empresa.
  • Trabajador designado.

Así mismo, contempla la realización de Auditorías de Oficio, solicitadas por la Inspección de Trabajo y las Autoridades Laborales competentes de las distintas Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del RD 39/1997 del Reglamento de los Servicios de Prevención.

¿En qué consiste una auditoría Reglamentaria?

AUDELCO lleva a cabo la Auditoría Reglamentaria analizando los elementos que conforman su protocolo de auditoría, conforme al Esquema de realización de Auditoría y los criterios para la realización de auditorías definidos por ANEPA (Asociación Nacional de Entidades Preventivas Autorizadas).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del R.D. 39/1997, la auditoría llevará a cabo un análisis sistemático, documentado y objetivo del sistema de prevención, que incluirá los siguientes elementos:

  • Comprobar cómo se ha realizado la evaluación inicial y periódica de los riesgos, analizar sus resultados y verificarlos en caso de duda.
  • Comprobar que el tipo y planificación de las actividades preventivas se ajusta a lo dispuesto en la normativa general, así como a la normativa sobre riesgos específicos que sea de aplicación, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación.
  • Analizar la adecuación entre los procedimientos y medios requeridos para realizar las actividades preventivas necesarias y los recursos de que dispone el empresario, propios o concertados, teniendo en cuenta, además, el modo en que están organizados o coordinados, en su caso.
  • En función de todo lo anterior, valorar la integración de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, mediante la implantación y aplicación del Plan de prevención de riesgos laborales, y valorar la eficacia del sistema de prevención para prevenir, identificar, evaluar, corregir y controlar los riesgos laborales en todas las fases de actividad de la empresa.

La culminación del proceso de Auditoría dará lugar al correspondiente Informe de Auditoría así como al Informe de Observaciones del Auditor, de carácter complementario al primero.

¿Qué es una No Adecuación?

No Adecuación (NA) o No Conformidad (NC): Falta de cumplimiento de uno de los requisitos del sistema de prevención, entendiendo por tales los establecidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales, el estándar ISO 45001:2007 (en su caso) y los establecidos en la política y normativa interna de prevención de la empresa.

  • Mayor: La ausencia o no aplicación sistemática de un requisito del sistema, en toda o una parte importante de la organización, de la cual pueda derivarse una situación de riesgo grave o una baja eficacia preventiva, o bien un incumplimiento grave con los requisitos de gestión.
  • Menor: La ausencia o no aplicación puntual o limitada de un requisito del sistema que no suponga una disminución sustancial de la eficacia preventiva o una situación de riesgo grave.

¿Qué ocurre si tras la auditoría Reglamentaria se han emitido No Adecuaciones?

Si durante una auditoría se han abierto “No Adecuaciones”, los clientes que lo deseen pueden acogerse al Sistema de Seguimiento y Cierre de No Adecuaciones de Audelco, que supone lo siguiente.

  • El cliente debe contestar al Informe de No Adecuación con una propuesta de medida correctora a implantar, que debe ser aceptada por el auditor, y la fecha prevista de implantación.
  • Realizada la medida correctora, el auditor verifica si la misma está implantada efectivamente a través de una auditoría extraordinaria de verificación y, si lo encuentra correcto, lo refleja en el Informe de No Adecuación procediendo a su cierre.
  • Se procede entonces a emitir un informe adicional al de auditoría inicial reflejando dicha circunstancia.
  • Cuando el número de no adecuaciones corregidas sea tal que modifica sustancialmente las conclusiones del informe inicial se procederá a emitir un nuevo informe completo siempre y cuando el tiempo transcurrido entre la fecha de emisión del informe inicial y la auditoría extraordinaria de verificación sea inferior a seis meses.

Auditoría extraordinaria de verificación

La auditoría extraordinaria de verificación se realiza como si de una normal se tratara, excepto que no es necesario realizar la reunión de apertura y su alcance se restringe al cierre de los Informes de No Adecuación de la auditoría anterior.

¿Estar certificado conforme a la Norma ISO 45001 exime de la Auditoría Reglamentaria?

No, el esquema de certificación conforme a la Norma ISO 45001 es voluntario y al margen de las exigencias legales, por lo que no sustituye a la auditoría Reglamentaria en las empresas requeridas a ello.

¿Qué supone un certificado ISO Acreditado?

El certificado Acreditado por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) supone que se ha emitido siguiendo las directrices establecidas por ENAC y por empresas Acreditadas por este organismo, como es el caso de AUDELCO y por ello un reconocimiento del mismo en el ámbito internacional en función de los acuerdos de mutuo reconocimiento suscritos por ENAC.

En el ámbito nacional, permite cumplir uno de los requisitos establecidos para optar al Bonus en las cotizaciones sociales, de acuerdo con lo establecido en el RD 404/2010.

¿Pueden realizarse simultáneamente una auditoría Reglamentaria y la correspondiente a la Certificación ISO 45001?

Cuando la auditoría es realizada por una entidad que cuenta con Autorización Administrativa Y Acreditación de ENAC, y siempre que se respeten los procedimientos correspondientes, pueden realizarse simultáneamente ambas auditorías.

¿Si dispongo de un sistema de gestión que integra la calidad, el medioambiente y prevención de riesgos laborales, debo hacer una única auditoría?

Los procesos de auditoría de los diferentes esquemas de certificación pueden ser totalmente independientes.

Es más, en el caso de la prevención de riesgos laborales, por su componente social y legal, es muy recomendable que la auditoría de este sistema sea específica y de la máxima profesionalidad, con objeto de identificar las posibles contingencias tanto técnicas como legales, ya que la auditoría no es un fin en sí misma, sino un medio para comprobar la eficacia del sistema de gestión correspondiente.

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