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COVID 19. Medidas de seguridad a aplicar en la actividad laboral

02 de octubre de 2020 0 Comentarios

COVID 19. Medidas de seguridad a aplicar en la actividad laboral

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este documento tiene por objeto establecer un conjunto recomendaciones de medidas de seguridad frente al COVID 19, en aquellas empresas definidas como de baja exposición por el “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS COV 2” Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19”:

  • Trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, con mascarillas de seguridad, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, etc.).
  • Trabajadores de fábricas.

2. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL CORONAVIRUS

Según los datos disponibles (OMS, Ministerio de Sanidad), adicionalmente al personal infectado de Coronavirus confirmado o que presenta síntomas, la naturaleza del coronavirus implica la existencia de personal asintomático capaz de infectar a terceras personas.

Por ello, si bien no puede considerarse a cualquier persona sin síntomas como portadora del virus, potencialmente podría serlo, por lo que, es prioritario cumplir las medidas de seguridad indicadas en el apartado 3.

3. MEDIDAS DE SEGURIDAD FRENTE AL CORONAVIRUS

     3.1 MEDIDAS A ADOPTAR POR LA EMPRESA

        3.1.1. MEDIDAS A APLICAR EN LOS LUGARES DE TRABAJO

  • Usar las mascarillas de seguridad en los lugares establecidos por la empresa cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad o una ventilación adecuada.
  • Informar a visitantes, proveedores y contratistas que deban acceder al centro de trabajo de las medidas de seguridad a aplicar.
  • Incrementar la comunicación, mensajes, cartelería, señalización, etc. sobre las medidas de seguridad a aplicar.
  • Flexibilizar, en la medida de lo posible, los horarios de entrada y salida del trabajo para evitar confluencia de personal.
  • En la medida de lo posible, reorganizar la disposición de puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios para garantizar en todo momento una distancia de seguridad de 2 metros entre los trabajadores.
  • Extremar la limpieza del lugar de trabajo y los puestos de trabajo al finalizar la jornada, con especial atención a superficies que puedan ser tocadas por varias personas: pomos, manillas, etc. Cada usuario debe facilitar dicha labor al personal de limpieza dejando libre su puesto de trabajo.
  • Potenciar la ventilación natural, como por ejemplo mantener abiertas todas las puertas y portones que puedan permanecer así sin comprometer la operatividad de la actividad en condiciones adecuadas
  • Colocar aforo máximo de las salas de reunión, zonas con máquinas de café, de descanso, etc. en las que pueda producirse la presencia de varias personas al mismo tiempo. Priorizar las reuniones digitales y de ser imprescindible la presencia física, hacer la reunión sólo si se puede mantener la distancia de seguridad de 2 metros.
  • No emplear ascensores salvo casos imprescindibles. De usarlos, hacerlo por una sola persona. Si es imprescindible que sean más, hacerlo sólo si se puede mantener una distancia de seguridad de 2 metros.

          3.1.2. PERSONAL VULNERABLE

Conforme a lo establecido por las autoridades sanitarias, se considera personal vulnerable los que tienen:

  • Más de 60 años.
  • Enfermedades cardiovasculares e hipertensión arterial.
  • Diabetes.
  • Enfermedades pulmonares crónicas.
  • Enfermedades hepáticas crónicas.
  • Enfermedades renales crónicas.
  • Cáncer en fase de tratamiento activo.
  • Inmunodeficiencia.
  • Embarazo.

El servicio sanitario del SPRL debe evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.

Para ello, tendrá en cuenta la existencia o inexistencia de unas condiciones que permitan realizar el trabajo sin elevar el riesgo propio de la condición de salud de la persona trabajadora.

En el Anexo V del Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS COV 2 se incluye una Guía de actuación para la gestión de la vulnerabilidad y el riesgo en ámbitos no sanitarios o sociosanitarios.

          3.1.3. ACTUACIONES EN EL CASO DE CASOS POSITIVOS O SOSPECHOSOS

Todos los casos sospechosos en personas trabajadoras se mantendrán en aislamiento a la espera del resultado de la PDIA y se iniciará la búsqueda de sus contactos laborales estrechos.

En caso de PDIA negativa, y si no hay una alta sospecha clínica ni epidemiológica, el caso se da por descartado y finaliza el aislamiento y la búsqueda de contactos.

Se clasifica como contacto estrecho:

  • Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso: personal sanitario o socio-sanitario que NO ha utilizado las medidas de protección adecuadas o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar.
  • Cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros (ej. visitas, reunión) y durante más de 15 minutos sin utilizar las medidas de protección adecuadas.
  • En el contexto de los centros educativos, se seguirá lo establecido en la Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos.
  • Cualquier persona que haya viajado en un avión, tren u otro medio de transporte terrestre de largo recorrido (siempre que sea posible el acceso a la identificación de los viajeros) en un radio de dos asientos alrededor del caso, así como la tripulación que haya tenido contacto con dicho caso.

En el momento que se detecte un caso sospechoso se iniciarán las actividades de identificación de contactos estrechos.

Si la PDIA del caso sospechoso resultara negativa, se suspenderá la identificación y control de los contactos.

Las actuaciones sobre los contactos estrechos serán las establecidas en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-1.e trabajadores que han contactado con casos posibles, probables o confirmados

          3.1.4. REINCORPORACIÓN DE TRABAJADORES TRAS HABER SUPERADO LA ENFERMEDAD

  • Superado la cuarentena y si no hay síntomas, el trabajador se incorporará a la empresa sin necesidad de un PCR, siempre con el alta del médico de cabecera.

      3.2 MEDIDAS DE SEGURIDAD A ADOPTAR POR LOS TRABAJADORES

          3.2.1. ANTES DE IR A TRABAJAR

  • Si presenta síntomas (tos seca, dificultad para respirar, fiebre por encima de 37,2 grados), no debe acudir a trabajar previo aviso al Servicio de Prevención/Departamento de RRHH o Personal. Para evitar malas interpretaciones de la salud personal, debe tomarse la temperatura a diario antes de acudir al trabajo.
  • Evitar en la medida de lo posible el transporte público. En caso de tener que usarlo, usar mascarilla y mantener en todo momento una distancia de seguridad de 2 metros con el resto de personas, y evitar tocar superficies: barandillas, pasamanos, etc.

          3.2.2. EN EL TRABAJO

Se incluyen en negrita las medidas de seguridad básicas:

  • Lavarse las manos nada más llegar al trabajo.
  • Si presenta síntomas (tos seca, dificultad para respirar, fiebre por encima de 37,2 grados), debe comunicarlo inmediatamente al Servicio de Prevención/Departamento de RRHH o Personal y ponerte una mascarilla. Evitar tocar nada e irse a su domicilio.
  • Mantener en todo momento en el trabajo una distancia de seguridad de 2 metros con respecto al resto de personal. Si no puede mantener la distancia:
    • Porque se cruza con otras personas: no hablar hasta que se superen los 2 metros de distancia
    • Porque tiene que trabajar con otra persona a menos de dos metros:
      • Usar mascarilla FFP2 o FF03 sin válvula
      • En caso de no disponer de mascarillas, comunicarlo internamente con objeto de reorganizar la actividad para que pueda mantenerse la distancia de seguridad de 2 metros en el trabajo.
  • No tocar en ningún momento instalaciones, equipos, máquinas o superficies que puedan usar o tocar otras personas.

Si debe tocarlos:

    • Si inmediatamente después de tocarlos tiene posibilidad de lavarse las manos con agua y jabón o soluciones específicas con alcohol: lavarse las manos cuando finalices. No debe tocarse la cara en ningún momento mientras no se haya lavado las manos.
    • Si no tiene posibilidad de lavarse las manos inmediatamente después, emplear guantes. De no disponer de guantes, comunicarlo internamente con objeto de reorganizar la actividad para que pueda evitarse tocar superficies sin posibilidad inmediata de lavarse las manos.
    • En el caso de que sea imprescindible el uso de equipos compartidos como como teclado, teléfono, ratón, etc, limpiarlos con toallitas desinfectantes previamente. De no ser posible, emplear guantes.
  • Lavarse las manos frecuentemente (ej. dos veces por hora), y siempre inmediatamente después de tocar cualquier superficie que haya podido ser tocada por otras personas.
  • Evitar en la medida de lo posible, tocarse la cara en ningún momento. Si debe o necesita hacerlo, debe lavarse primero las manos.
  • Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura con tapa y pedal. Si no dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
  • Saludar sin contacto físico

Madrid, 1 de octubre de 2020

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